SOLICITUDES 23-24

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El alumnado de 3 años solicita plaza para 2º ciclo de Educación Infantil.

PREGUNTAS FRECUENTES:ENLACE

Escolarización en Educación Infantil y Primaria

A.- Sobre el procedimiento:

  1. ¿Qué tengo que hacer para pedir una plaza escolar?
    Tienes que rellenar una solicitud y presentarla a través del portal del Departamento (educa.aragon.es/admision).
    Podrás presentar la solicitud con firma electrónica si dispones de ella, o bien hacerlo sin identificación electrónica, a través de un sistema de identificación con clave pin que recibirás en tu teléfono móvil.
  2. ¿Cómo se hace el sorteo?
    El sorteo es un acto único para todo Aragón que se realizará por la Dirección General de Planificación y Equidad, en el que se adjudicará informática y aleatoriamente en acto público un número a cada solicitud presentada. Este proceso se podrá seguir en el portal del Departamento. Previo al sorteo, se publicará en el portal del Departamento la relación
    de solicitantes de plaza de cada centro junto con el número que ha correspondido aleatoriamente a cada solicitud.
  3. ¿Cómo se ordenan las listas de admitidos y no admitidos?
    A cada solicitud presentada se le asigna una puntuación aplicando el baremo. Una vez ordenadas por puntuación, si se produce un empate entre solicitudes se resolverá según los criterios de desempate previstos, y si aun así continúa el empate, entonces las solicitudes se ordenarán según el número aleatorio adjudicado y el número obtenido en
    el sorteo realizado con carácter previo al inicio del proceso de baremación.
  4. ¿Qué tengo que hacer si no se ha baremado correctamente mi solicitud?
    Una vez publicadas las listas con las solicitudes baremadas, puedes presentar una reclamación electrónicamente al centro en el que has presentado la solicitud a través de educa.aragon.es/admision o excepcionalmente en el centro mediante cita previa, en el plazo de dos días hábiles, contados desde el día siguiente a su publicación.
  5. ¿Qué tengo que hacer si he sido admitido en listas definitivas?
    Si has sido admitido en las listas definitivas tendrás que matricularte en el centro adjudicado o perderás la plaza obtenida. La matrícula se realizará de forma electrónica en la aplicación informática en el portal del Departamento.
  6. ¿Qué sucede si no he sido admitido en el centro solicitado en primera opción?
    Si no has sido admitido en el centro solicitado en primera opción, se valorarán tus siguientes opciones.
    Todos los alumnos no admitidos en el centro son ordenados por puntuación. En caso de empate se aplicarán los criterios de desempate previstos, y si aun así continúa el empate, entonces las solicitudes se ordenarán según el número aleatorio adjudicado y el número
    obtenido en el sorteo celebrado por la Dirección General de Planificación y Equidad y realizado con carácter previo al inicio del proceso de baremación.
    Finalmente, el Servicio Provincial adjudica las plazas disponibles en los centros señalados en la solicitud, en los cuales existen vacantes.
  7. Si no he sido admitido en el primer centro que solicité, ¿todavía tengo opciones para obtener plaza allí?
    Sí. Una vez finalizado el periodo de matrícula, si existen vacantes en centros con listas de no admitidos, estas se ofertarán siguiendo el orden de las listas definitivas de no admitidos de forma rigurosa y respetando las ratios fijadas de alumnado ordinario y alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
    La oferta de plaza se realizará en unas fechas determinadas. Se publicarán las vacantes de estos centros en educa.argon.es/admision, así como la adjudicación del alumnado por el Servicio Provincial.
    Posteriormente los solicitantes se matricularán en la fecha que se indique. Si no realiza la matrícula decaerá el derecho a dicha plaza.
    Estas listas estarán activas hasta el día siguiente al del inicio de las clases lectivas en septiembre.
  8. ¿Cómo puedo saber si he sido admitido en un centro?
    Toda la información del proceso de escolarización estará disponible en el portal del Departamento (educa.aragon.es).
    En la aplicación informática del portal del Departamento podrás hacer en todo momento el seguimiento de tu solicitud.
  9. ¿Dónde se puede saber el número de vacantes de cada centro?
    En educa.aragon.es/admision podrás conocer el número de vacantes de cada centro.

B.- Sobre la solicitud:

  1. ¿Cómo se escolarizan los hermanos que participan en el proceso?
    La escolarización de hermanos puede realizarse de forma individualizada o de forma conjunta.
    Cuando los progenitores/tutores opten por la escolarización conjunta de hermanos cumplimentarán la «Solicitud conjunta de hermanos», con una única relación priorizada de centros escolares.
    Con esta solicitud está expresando el deseo de obtener plaza para todos los hermanos en un mismo centro, como criterio preferente.
    Esto implica:
    a. Pérdida de la reserva de plaza en los casos en que todos o alguno de los hermanos provengan de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, salvo en el caso de que se realice una solicitud conjunta y todos los hermanos estén escolarizados en el mismo centro de origen y soliciten la reserva de plaza.
    b. Los progenitores/tutores renuncian a los derechos individuales de cada uno de sus hijos, por una escolarización de todos ellos en un mismo centro. Ello supone que hasta que no haya plazas para todos los hermanos en el mismo centro, se considerará que no existen plazas escolares para ellos.
    c. Adjudicación de 4 puntos a todos los hermanos.
    Cuando los progenitores/tutores opten por una escolarización individual para cada uno de los hermanos, éstos podrán participar por separado en diferentes centros, sin que resulte de aplicación lo especificado para la escolarización conjunta.
  2. Si tengo hijos escolarizados previamente, ¿qué procedimiento de escolarización puedo elegir?
    Si el deseo es escolarizar a un alumno en el mismo centro donde previamente está escolarizado un hermano, únicamente será necesario realizar una solicitud de escolarización individual. Si el deseo es escolarizar a ambos en un nuevo centro y manifestar la preferencia de que ambos obtengan plaza en el mismo centro, entonces podrá elegirse el procedimiento de escolarización conjunta.
  3. ¿Cómo y dónde puedo presentar la solicitud? a) Tienes que rellenar una solicitud por Internet y presentarla a través del portal del Departamento (educa.aragon.es/admisión). b) Podrás presentar la solicitud con firma electrónica si dispones de ella, o bien hacerlo sin identificación electrónica, a través de un sistema de identificación con clave pin que recibirás en tu teléfono móvil.
  4. ¿Cómo se presentan las solicitudes en el caso de progenitores separados o divorciados? Solo se puede presentar una solicitud por alumno. La presentación de la solicitud por un progenitor implica el compromiso de informar al otro progenitor de la solicitud, salvo imposibilidad material, privación o limitación de patria potestad por disposición judicial. El progenitor que presenta la solicitud asume la responsabilidad que pueda derivarse de la solicitud presentada.
  5. ¿Cuándo puedo acceder a una plaza reservada ACNEAE? Pueden solicitarse plazas reservadas para ACNEAE cuando el alumno disponga de una resolución de la Dirección Provincial de Educación en la que se reconozcan tales necesidades.
  6. ¿Qué tengo que hacer si tengo una resolución de ACNEAE para ser escolarizado en centro de atención educativa preferente? Las plazas reservadas para ACNEAE en un centro denominado preferente siempre serán ocupadas por el alumnado que cuente con una resolución de la Dirección Provincial de Educación que así lo reconozca. Un centro será de atención educativa preferente para alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad motora, auditiva o con trastorno del espectro autista.
  7. ¿Cuál tiene que ser la fecha de expedición del certificado acreditativo de domicilio familiar o laboral? La fecha de referencia para la acreditación del domicilio familiar o lugar de trabajo estará comprendida entre la fecha de publicación de la Orden de convocatoria y el último día de presentación de reclamaciones a la publicación de las solicitudes baremadas ante el Consejo Escolar, indicado en los calendarios de los Anexos I, ambos días incluidos.

C.- Sobre el baremo:

  1. ¿En qué consiste el criterio de proximidad lineal?
    El criterio de proximidad lineal únicamente se aplica en los municipios de Zaragoza, Utebo Pastriz, Villamayor de Gallego y Alcañiz.
    Con dicho criterio se establece un sistema de proximidad manteniendo la zonificación actual, que garantice a las familias:
     Una escolarización cercana al domicilio, si ése es el criterio elegido, con independencia de la zona a la que pertenezca.
     Una amplia oferta de centros, al mantenerse zonas de escolarización extensas que posibilitarán el ejercicio de elección de centro escolar.
    El criterio de proximidad no supone la eliminación de otros criterios, sino priorizar la cercanía.
    El criterio de proximidad del domicilio no se aplica en la escolarización de las enseñanzas de primer ciclo de educación infantil.
  2. ¿El criterio de proximidad se aplica a todos los centros alternativos mencionados en la solicitud?
    No. La aplicación del criterio de proximidad sólo afecta al centro solicitado en la primera opción. Con ello se garantiza la igualdad de oportunidades para todas las familias, con independencia de su domicilio y del número de centros que tengan en su distancia de proximidad.
  3. ¿Qué criterios se aplican en los restantes centros alternativos?
    El de domicilio sí se tiene en cuenta, pero el de proximidad lineal solo es al primer centro solicitado. El criterio de hermanos escolarizados en el centro y padres trabajando en el centro sólo es para el primer centro solicitado. El resto de puntuación sí que se tiene en cuenta.
  4. ¿Cómo se calcula la distancia aplicada al criterio de proximidad?
    Para calcular la distancia aplicada al criterio de proximidad se establece una distancia de proximidad lineal de 1.000 metros respecto al centro escolar en la Comisión de Zaragoza y de 150 metros en la ciudad de Alcañiz.
    La baremación de proximidad domiciliaria vendrá determinada por la aplicación conjunta de la zona escolar junto con el criterio de proximidad lineal.
    La proximidad queda definida por la distancia entre dos puntos: el centroide o baricentro de una parcela catastral representativa del domicilio familiar o laboral y el punto de referencia, definido en los mismos términos del centro escolar.

La distancia de proximidad entre el domicilio y el centro se calculará linealmente entre las coordenadas de cada uno de los puntos. Por tanto, no se tendrá en cuenta la distancia de accesibilidad.
Para calcular la proximidad se utilizará el sistema de localización del Gobierno de Aragón, gestionado por el Departamento de Política Territorial e Interior, denominado IDEARAGON.
La proximidad complementa y ajusta la cercanía establecida por la zonificación. De este modo, un domicilio situado en una zona limítrofe respecto a un centro escolar, pero dentro de su distancia de proximidad lineal, tendrá preferencia respecto a otro de la misma zona, pero fuera de esa distancia.

  1. ¿Cómo debo indicar el punto a partir del cual se debe calcular la distancia al centro?
    El punto de cálculo a partir del cual se medirá la distancia entre el domicilio y el centro solicitado es el que viene determinado por el centroide de la parcela catastral representativa del domicilio familiar o laboral. Para ello deberá indicarse el domicilio exacto donde se ubica la parcela catastral a partir de la que queremos realizar el cálculo, o bien indicar directamente, si la conocemos, la referencia catastral de la misma.
    En la búsqueda por proximidad propuesta en esta página web (Buscador de Centros), podrá simularse el cálculo indicando los datos necesarios para llegar a concretar el punto exacto a partir del cual debe realizarse la medición.
    En la mayoría de los casos, a partir de la dirección postal completa el simulador es capaz de obtener la referencia catastral asociada. Para aquellos casos donde no ocurra así, deberá indicar la referencia catastral directamente.
  2. ¿En qué puntos puedo consultar la referencia catastral de la parcela utilizada a efectos de baremación?
     Consultando el sistema de localización del Gobierno de Aragón, gestionado por el Departamento de Política Territorial e Interior, denominado IDEARAGON.
     Consultando la oficina virtual de catastro.
  3. ¿Por qué no encuentro mi dirección asociada a una parcela catastral?
    Esta situación puede derivarse de lo siguiente:
     La parcela todavía no está registrada en las bases de datos del catastro.
     La parcela puede tener múltiples direcciones asociadas (una esquina o un chaflán) y sólo se encuentra registrada en catastro para esa referencia una de ellas.
     La dirección está contenida en otras direcciones que también identifican la misma parcela. (Ejemplo de casas adosadas que comparten una misma referencia catastral).

En este caso, para elegir de forma inequívoca la parcela sobre la que se establecerá la distancia de proximidad lineal, se debe indicar la referencia catastral.
El solicitante debe tener en cuenta que la dirección a indicar a efectos de baremación tiene que coincidir con la que aparece en el volante de empadronamiento presentado que la identifica como vivienda habitual o en el certificado de trabajo a efectos de domicilio laboral.
En este caso, el solicitante presentará la referencia catastral, para que el organismo receptor le pueda asignar los puntos del baremo que le correspondan.

  1. ¿A quiénes se aplica el criterio de padres trabajadores en el centro?
    Este criterio se aplica tanto al personal docente como al personal no docente (limpieza, mantenimiento, actividades extraescolares, enfermería, etc.) que trabajen en el centro con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOA.

D.- Información adicional:
Si necesitas información adicional relativa al régimen jurídico aplicable al proceso de escolarización, puedes consultar en los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte:
 Servicio Provincial de Educación de Huesca
Pza. Cervantes, 1. 22003-Huesca
Teléf.: 974 29 33 00
 Servicio Provincial de Educación de Teruel
San Vicente de Paúl, 3. 44002-Teruel
Teléf.: 978 64 12 50
Servicio Provincial de Educación de Zaragoza
Avda. Juan Pablo II, 20. 50071-Zaragoza
Teléf.: 976 71 64 00

o escribir un correo electrónico a la siguiente dirección: escolarizacion@aragon.es

Si necesitas información adicional relativa al proceso de presentación de solicitudes por medios informáticos, puedes escribir un correo electrónico a la siguiente dirección:
gir@aragon.es

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